Bienvenido a HispanoBelga, tu socio de confianza en servicios especializados como Auditoria de cuentas, informes periciales y más. En un entorno globalizado y en constante evolución, nos comprometemos a ofrecer soluciones integrales y de calidad excepcional para satisfacer las necesidades más exigentes de nuestros clientes. Desde asesoramiento legal hasta servicios de traducción y más allá, nuestra firma se distingue por su excelencia, profesionalismo y atención al detalle.
El objetivo de una auditoría es emitir una opinión técnica profesional (favorable, desfavorable, denegada o con salvedades) sobre si las cuentas anuales ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo. Las cuentas anuales auditadas ofrecen:
Deben someterse a auditoría, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, todas las empresas o entidades que durante dos ejercicios consecutivos superen, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes (artículo 263 del RDL 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital):
Las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al marco normativo de información financiera que le sea aplicable, que durante un ejercicio económico hubiesen celebrado con el Sector Público los contratos contemplados en el artículo 2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público por un importe total acumulado superior a 600.000 euros, y éste represente más del 50 % del importe neto de su cifra anual de negocios, estarán obligadas a someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a dicho ejercicio social y las del siguiente a éste (D.A. 3ª Reglamento Ley de Auditoría).
Las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al marco normativo de información financiera que le sea aplicable, que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000 euros, estarán obligadas a someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a dicho ejercicio y a los ejercicios en que se realicen las operaciones o ejecuten las inversiones correspondientes a las citadas subvenciones o ayudas (D.A. 2ª Reglamento Ley de Auditoría).
En las sociedades que no estén obligadas a someter las cuentas anuales a verificación por un auditor, los socios que representen, al menos, el 5% del capital social podrán solicitar del registrador mercantil del domicilio social que, con cargo a la sociedad, nombre un auditor de cuentas para que efectúe la revisión de las cuentas anuales de un determinado ejercicio siempre que no hubieran transcurrido tres meses a contar desde la fecha de cierre de dicho ejercicio. El auditor será nombrado por el registrador mercantil y el coste será sufragado por la sociedad (art. 265.2 TRLSC). Este caso no es posible si la sociedad ha nombrado auditor de cuentas con anterioridad.
Consiste en someter a auditoría las Cuentas Anuales sin estar obligado legalmente, efectuando el nombramiento bien el Consejo de Administración, bien la Junta General. El informe puede hacerse público por su depósito en el Registro Mercantil, a efectos de transparencia, o bien mantenerse a nivel interno. Es recomendable realizar una auditoría de carácter voluntario en los casos en los que esté prevista la superación de los parámetros de auditoría obligatoria o como garantía frente a terceros cuando se pretende ofrecer confianza y transparencia al entorno, así como en los casos en los que existan discrepancias entre los socios o accionistas de una sociedad.
Informes de estados financieros, con procedimientos más reducidos que los aplicados en el desarrollo de una auditoría de cuentas anuales, adaptados al objetivo del informe, cuyo propósito es expresar una seguridad limitada de que no hay modificaciones significativas que deban hacerse a los estados financieros, para que sean conformes con principios contables generalmente aceptados. El objetivo de una revisión limitada de las Cuentas Anuales o estados financieros es permitir al auditor determinar si, en base a procedimientos que no suministran toda la evidencia que debería ser requerida en una auditoría, ha llegado a su atención algún hecho que le haga creer que las Cuentas Anuales o estados financieros no están preparados en todos los aspectos significativos conforme a un marco normativo de información financiera. El informe de revisión limitada deberá describir el alcance del encargo de modo que permita al lector entender la naturaleza del trabajo realizado. En dicho informe debe quedar claro que no se ha realizado una auditoría y por lo tanto, no se expresa una opinión de auditoría. Los trabajos de revisión limitada están siendo muy utilizados en la actualidad por las empresas que no desean realizar una auditoría completa de la entidad.
La normativa mercantil establece en determinados supuestos la obligatoriedad de obtener un informe elaborado por un Auditor de Cuentas en los siguientes casos:
Esta actuación profesional del auditor de cuentas tiene por finalidad la emisión del informe a que hace referencia al artículo 74, apartado 1, del Reglamento 887/2006 de 21 de julio, que desarrolla la Ley 28/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, cuya finalidad principal es la emisión de un informe sobre la revisión realizada de la cuenta justificativa con el alcance que se determine en las bases reguladoras de la subvención.
El objetivo de un trabajo de procedimientos acordados es que el auditor lleve a cabo determinados procedimientos de auditoría acordados previamente con la empresa, con una finalidad determinada, y respecto a los que el auditor emite un informe con el resultado de los hallazgos. Este servicio de auditoría de procedimientos puede referirse a elementos, cuentas, partidas e información contable o no contable especificada debidamente. Estos procedimientos de revisión previamente acordados con los clientes tienen el objetivo de dar al solicitante un grado de confianza elevado sobre la información de una empresa, o cualquier otro tipo de información económica.
La auditoría interna es una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización. Ayuda a una organización a cumplir sus objetivos pues aporta un enfoque sistemático y disciplinado con el que evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.
La prueba pericial consiste en la realización de un análisis, examen y estudio sobre el asunto encomendado para posteriormente elaborar un informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.
La prueba pericial en la actualidad es demandada por numerosos abogados y letrados que presentan demandas o que requieren este informe pericial contable para contrarrestar una demanda interpuesta a alguno de sus clientes.
Una intervención profesional pericial en asuntos de carácter mercantil, civil o penal a solicitud de parte, requiere, a los efectos de poder definir con claridad los objetivos que se pretenden, una estrecha colaboración de trabajo y entendimiento con el abogado.
El éxito de la colaboración y de la propia prueba pericial requiere hoy en día, además de la presentación de un informe preciso, sintético y claro, una sólida exposición y ratificación de las conclusiones obtenidas en las vistas orales.
Algunos ejemplos de informes periciales se citan a continuación:El análisis del valor económico se ha convertido en un elemento fundamental para la toma de decisiones financieras en la empresa (financiación, inversión, retribución al capital, etc.). Esta cada vez mayor orientación al valor hace necesario que los agentes internos (propietarios, accionistas,…) y externos (inversores, entidades financieras,…) sean capaces de saber como se mide ese valor y de determinar su cuantía.
Desde un punto de vista económico-financiero, el estudio de viabilidad, también llamado estudio previo o preliminar, tiene por objeto comprobar si en un proyecto existen soluciones que cumplan los objetivos definidos en el planteamiento inicial y determinar que son viables económica y financieramente.
El estudio de viabilidad va encaminado a determinar la conveniencia económica y financiera de un proyecto determinado.
El diagnóstico económico-financiero es un conjunto de técnicas utilizadas para realizar un examen de la situación y perspectivas de la empresa con el fin de poder tomar decisiones adecuadas. La información que extraigamos de ella nos permitirá identificar la posición económico-financiera en la que se encontraba la empresa, siempre y cuando dispongamos de información histórica, así como conocer la posición en la que se encuentre actualmente y en la que se encontrará.
El sistema de control interno comprende el plan de la organización y todos los métodos coordinados y medidas adoptadas dentro de una empresa con el fin de salvaguardar sus activos y verificar la confiabilidad de los datos contables.
Nuestra firma ofrece el servicio de revisión del control interno existente en la Sociedad y aporta soluciones a las debilidades detectadas.
A medida que crecen las empresas, estas van estableciendo normas y pautas acerca de cómo se debe llevar a cabo el trabajo de los empleados. Existen básicamente dos tipos de decisiones que llevan a cabo los empleados en una empresa: decisiones no rutinarias y decisiones rutinarias. Para llevar a cabo las primeras, se requiere de un mayor conocimiento tanto del funcionamiento operativo como de criterios sólidamente adquiridos en el desempeño del cargo. El segundo tipo de decisiones, las rutinarias, son fácilmente estandarizables, con el objetivo de que la compañía no vea improvisada su acción ante hechos de la misma naturaleza.
Nuestra firma ofrece el servicio de revisión de los sistemas y procedimientos contables para determinar la idoneidad de los mismos en base a las necesidades de información de la Sociedad.
La externalización de la gestión administrativa es el proceso económico mediante el cual una empresa destina los recursos orientados a cumplir ciertas tareas hacia una empresa externa especializada que los lleva a cabo mediante un contrato.
La firma ofrece un servicio de asesoramiento y elaboración de cuentas anuales para clientes no auditados.
Apoyo y colaboración profesional en procesos concursales Administración concursal.
Puede contactar con nosotros por teléfono, fax, email o mediante nuestro formulario de contacto.
© Copyright 2023 – Derechos reservados – Web creada por e-sistemas.net